INGRESO DE ARTICULOS DESDE EL EXTERIOR VÍA TERRESTRE

  1. Grupo familiar: Se considerará como tal a la unidad conformada por los menores de edad en conjunto con uno de sus padres o de la persona a cuyo cuidado hayan sido confiados. En caso de presentarse ambos padres con sus hijos, el grupo familiar estará conformado únicamente por éstos y uno solo de sus padres, siendo el otro progenitor un viajero individual.
  2. Acorde al sitio web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE dentro de los efectos de viajeros por vía aérea están considerados los "artículos y ropa que porte el viajero para uso personal, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales".

INGRESO DE ARTICULOS DESDE EL EXTERIOR AL ECUADOR POR VIA TERRESTRE

Prendas de vestir de uso personal del viajero.-

Artículos de tocador y aseo personal •Máximo 300ML de perfume por persona ó 600ML por grupo familiar •Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos.

Alimentos procesados.-

Debidamente sellados o empacados al vacío en cantidades no comerciales. Agrocalidad podrá restringir el ingreso de productos de origen agropecuario que considere riesgosos; Alimentos y utensilios para niños que acompañan al viajero.

Utensilios de cocina.-

Que no sean eléctricos que puedan ser transportados por una persona; 3 aparatos de cocina eléctricos portátiles.

Cigarrillos.-

Máximo 3 cajetillas de cigarrillos.

Bienes de uso profesional.-

Herramientas y equipos portátiles para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero, justificada mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado; Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares.

Medicamentos.-

De uso personal con su respectiva prescripción médica; Ayudas técnicas para los viajeros discapacitados, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente del viajero acordes a su discapacidad; Medidores de presión arterial de temperatura y de glucosa.

Equipo de acampar.-

Maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.

Instrumentos Musicales.-

2 instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios, que puedan ser transportados normalmente por una persona.

Dispositivos digitales.-

Unidades de almacenamiento de video, música o datos.

Mascotas.-

2 animales domésticos vivos como mascota, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes; si son embarcados los animales en el mismo viaje incluso como carga, su proceso de despacho será por sala A

Articulos deportivos.-

Completos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.

Juguetes.-

Completos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona. 

Una unidad usada como:

Cámara fotográfica y/o filmadora; Teléfono celular o satelital; Agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); Equipo de posicionamiento global portátil (GPS); Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); Calculadora electrónica.

FUENTE: Servicio Nacional de Aduanas

 

 

Ingreso de personas
  • Para el ingreso de personas se debe presentar los siguientes documentos:
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM)

 

Ingreso de Vehículos
  • Vehículo de pasajeros (transporte local o taxis): presentar Documentación Único de Transporte de Pasajeros.
  • Vehículo de Transporte turístico: presentar Documento Único e Transporte turístico y la lista del grupo turístico.
  • Vehículo en Transito Aduanero comunitario: Presentar copia del permiso de prestación de servicios y Certificado de Idoneidad, otorgados por la Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y seguridad Vial.
  • Vehículos privados o alquilados con fines turísticos: Deberá presentar ante los funcionarios de la Aduana del Ecuador correspondiente, los documentos habilitantes para tal efecto: documento de identidad (pasaporte) debidamente sellado por migración, licencia de conducir y matrícula de vehículo, mediante la cual el vehículo que ingresa constituye prenda especial y preferente a favor de la Aduana del Ecuador. La permanencia del vehículo de uso privado de turista será igual al tiempo máximo otorgado al turista, según registro migratorio.


Contactos

Dirección: Av. Remigio Crespo 2-59 y Juan Iñiguez
Telf: 07 4213100 / 2816475 / 0983740607
Email: reservas@novatravel.ec
Cuenca - Ecuador
 
 
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